Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones en materia de inversiones para la modernización integral, mejora y adaptación de regadíos

ORDEN AGM/1069/2020, de 23 de octubre

ORDEN AGM/1069/2020, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden DRS/624/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones para la modernización integral del regadío y de inversiones para la mejora y adaptación de regadíos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Se establecen las siguientes modificaciones a la orden de 2016:

  • Incrementar el porcentaje de pago anticipado que puede ser solicitado, pasando del 25% al 50% de la subvención concedida.

  • Otro punto que necesita una mayor concreción es la mejora o modernización de superficie de regadío cuando implica la agrupación o fusión de varias comunidades de regantes.

    En el caso de solicitudes para llevar a cabo la modernización o mejora en una superficie en la que se vayan a agrupar o fusionar varias comunidades de regantes conforme al artículo 202.2 del Reglamento de la Ley de Aguas, Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, la solicitud deberá realizarse por parte de la comunidad que aporte mayor superficie, que deberá cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria. La comunidad de regantes resultante de la fusión constará finalmente como beneficiaria, pero hasta que la fusión se materialice será beneficiaria la comunidad de regantes solicitante. En todo momento la valoración y resto de actuaciones se llevará a cabo sobre la totalidad de la superficie que será considerada como una sola petición.

  • El avance en la digitalización de la documentación en todos los ámbitos hace que la exigencia de presentar facturas originales o fotocopias compulsadas haya perdido el sentido.

  • La proliferación de especies invasoras causantes de importantes daños en las infraestructuras hidráulicas hace necesario que se posibilite, a través de esta línea de subvención, ayuda a las comunidades de regantes para combatir un problema tan importante en la actualidad. Incluyendo como actividad subvencionable la inversión en elementos que ayuden a combatir la propagación de especies invasoras que dañen las infraestructuras de riego y como gasto subvencionable, el coste de la citada inversión.

    Actuaciones para la dotación o mejora de elementos cuyo objetivo sea evitar la proliferación de especies invasoras que dañen las infraestructuras hidráulicas: 40%".

  • Las solicitudes motivadas por la desaceleración de la ejecución de las inversiones sólo podrán valorarse cuando estén especialmente justificadas, sean acordes con la gestión presupuestaria del Departamento y la nueva distribución no supere el horizonte temporal establecido inicialmente en la convocatoria. Verificado el cumplimiento de estos requisitos, se procederá al pago de la subvención no ejecutada correspondiente al ejercicio desacelerado en los siguientes ejercicios presupuestarios en función de la capacidad presupuestaria del órgano concedente. El retraso en dichos pagos, si lo hubiere, no podrá dar lugar al pago de indemnizaciones o intereses de demora. Si la imposibilidad de modificar la distribución plurianual en el horizonte temporal inicial de la convocatoria diera lugar a la ejecución de un porcentaje inferior al 50% de la actuación, no será de aplicación lo establecido en el artículo 25 respecto a la posibilidad de impedir el acceso a la subvención en las dos convocatorias siguientes.

CGRAA