LOS CONSUMIDORES CON POTENCIA CONTRATADA INFERIOR A 10 kW tienen tres posibilidades para contratar el suministro eléctrico:
- Acogerse al PVPC horario
- Acogerse al PVPC con un precio fijo anual
- Buscar una oferta de suministro de energía eléctrica en el mercado libre
El PRECIO VOLUNTARIO AL PEQUEÑO CONSUMIDOR (PVPC) se contrata con unas empresas eléctricas especiales denominadas comercializadoras de referencia (Endesa Energía XXI, S.L.U., Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U., Gas Natural S.U.R. SDG, S.A., EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A. y E.On Comercializadora de Último Recurso, S.L). Así, los consumidores domésticos de menos de 10 kW pueden optar entre tres alternativas.
El nuevo sistema de cálculo del precio de la electricidad para consumidores que opten por el PVPC horario se basa en traspasar a la factura eléctrica mensual los precios horarios del mercado diario de OMIE ponderados por el consumo horario de los consumidores, en caso que estos dispongan de contador electrónico, o ponderados por el perfil horario promedio publicado por REE si no disponen de contador electrónico.
Adicionalmente, las empresas comercializadoras de referencia ofrecen una tarifa plana anual a los consumidores que no deseen estar sometidos a la incertidumbre de una factura mensual variable hora a hora.
En la factura constarán los siguientes conceptos:
- Término de potencia (euros/kW de potencia contratada), publicado en BOE
- Término de energía (euros/kWh de energía activa consumida), según la modalidad elegida de PVPC horario o fijo
- Alquiler del equipo de medida
- El impuesto especial de la electricidad
- IVA (21%). Aplicado sobre los conceptos incluidos en la factura